sábado, 16 de enero de 2021

Noticias / Circular nº 01/2021

LOS MONTAÑEROS FEDERADOS TENDRÁN LIBERTAD DE MOVIMIENTO EN LA COMUNIDAD DE MADRID
Redacción FMM - Jueves, 10 Diciembre 2020
Pulse aquí para ver más información de la Federación Madrileña de Montañismo

La Comunidad de Madrid garantiza la movilidad por toda la región incluidos los núcleos con medidas especiales
La Comunidad, a través de D. Roberto Núñez, Viceconsejero de Deportes, ha anunciado una modificación normativa que garantiza la movilidad por todo el territorio de la Comunidad de Madrid a los deportistas federados, asegurando de esta forma la libertad de movimientos de los montañeros para realizar cualquier tipo de entrenamiento y/o competición.

Esta modificación incluye la garantía de movilidad desde cualquier zona o área sanitaria afectada por confinamientos presentes o futuros lo que, de facto, supone que todos los montañeros madrileños federados, estemos o no en un área sanitaria confinada, podamos desplazarnos a la Sierra de Guadarrama a practicar nuestras actividades.

La modificación normativa ha sido tramitada a través del Decreto 39/2020 de 4 de diciembre, mediante un artículo único cuya redacción es la siguiente:

Artículo único
Modificación del Decreto 29/2020, de 26 de octubre, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establecen las medidas de contención adoptadas para hacer frente a la COVID-19, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, del Consejo de Ministros, por el que se decalra el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2

Se modifica el artículo 2 para añadir una letra I) a su apartado 1, con la redacción siguiente:

I) Asistencia a los entrenamientos, competiciones o ligas organizadas por las federaciones deportivas madrileñas, que se acreditarán mediante licencia deportiva o certificado federativo. Los menores de edad podrán ser acompañados por un adulto.Se incluye, pues, la referida excepción entre los supuestos que se exceptúan de la limitación de entrada y salida de personas de los ámbitos territoriales confinados.

Dicho Decreto entra en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, que fue el 5 de diciembre.

Madrid, 16 de enero de 2021

No hay comentarios: